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TRADUCCION

Traducción de los estatutos de una asociación sin fines de lucro redactados en idioma francés, y publicados en el Boletín Oficial de Bélgica.

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N.18020                                                                                           (15455 - 15455P)

Organización mundial del autismo, organización internacional

Avenue Van Becelaere 26B, bte 21
1170 Bruselas - Bélgica

Número de identificación: 18020/2000

ESTATUTOS

CAPITULO 1- Denominación, estatutos, lugar, duración

Sección 1ª - Denominación, estatutos
La asociación se rige por la ley belga del 25 de octubre de 1919 (modificada por la ley del 6 de diciembre de 1954, y está registrada como asociación internacional bajo la denominación Organización Mundial del Autismo.
La asociación Organización Mundial del Autismo es una asociación sin fines de lucro y ha sido creada por sus miembros fundadores, miembros individuales y asociaciones que tienen la personalidad jurídica y legalmente constituidas de acuerdo con las leyes y los usos de su país respectivo.

Sección 2ª - Lugar
La sede de la organización se establece en Bélgica, y actualmente se encuentra en Avenue Van Becelaere 26B, bte 21, 1170 Bruselas, Bélgica. Este domicilio legal puede ser trasladado a cualquier otro lugar en Bélgica por simple decisión del Consejo de Administración. La notificación debe ser publicada en el Boletín Oficial de Bélgica dentro del plazo de un mes que sigue a la decisión.

Sección 3ª - Duración
La duración de la Organización Mundial del Autismo es ilimitada, y puede ser disuelta en cualquier momento, en conformidad con lo dispuesto en el capítulo VII, modificación de estatutos y disolución.

CAPITULO II - Objetivos, funciones, definiciones

Sección 1ª - Objetivos
Los objetivos de la Organización Mundial del Autismo son:
1. Promover en el seno de los pueblos y las naciones, la mejor calidad de vida posible para las personas autistas y sus familias. Con este fin, la Organización Mundial de! Autismo actuará como:
- defensora de las medidas tendientes a promover una calidad de vida de este tipo;
- cabeza de fila para promover, desarrollar y recomendar este tipo de medidas;
- portavoz de proyectos para las personas autistas, y de los progresos efectuados en la puesta en práctica de estos proyectos;
- coordinadora de los esfuerzos realizados por las federaciones regionales, por las asociaciones nacionales, por las agencias gubernamentales, por los grupos profesionales y por las organizaciones internacionales para hacer evolucionar la comprensión del handicap, y para desarrollar los servicios para las personas autistas;
- cuando no exista ninguna organización a nivel nacional, entregar las informaciones directamente a las personas autistas, a sus padre y familiares, y si así lo solicitan, apoyar la creación de una organización de este tipo.

2. Reforzar la toma de conciencia de sí mismos de las personas autistas, el desarrollo de su personalidad y de sus sentidos de responsabilidades.

3. Hacer avanzar los derechos de las personas autistas y de sus familias, sin distinción de nacionalidad, raza, sexo o religión, obteniendo en su nombre, y a partir de todas las fuentes posibles, servicios que le aseguren un apoyo, una residencia, una educación, una formación, un empleo y cuidados de salud adecuados.

4. Reforzar los lazos entre las personas autistas, sus padres y familiares en el mundo entero.

5. Defender los intereses de las personas autistas y de sus familias, cooperando con las organizaciones que representan el esfuerzo nacional realizado en su nombre.

6. Promover el más alto nivel de conocimientos y de competencias posibles entre los profesionales del autismo, al igual que favorecer los intercambios de las informaciones científicas más recientes y las técnicas reconocidas.

Sección 2ª – Funciones
Para lograr estos objetivos, la Organización Mundial del Autismo, en colaboración con las organizaciones regionales y nacionales, trabaja regularmente y sin cesar en:

1. Contribuir a la mejoría y modernización, en el mundo entero, de las políticas y prácticas de los Estados con respecto a la educación, la salud, el bienestar, la seguridad social, la readaptación, el empleo, la práctica de deportes y el espacimiento de las personas autistas.

2. Estimular el intercambio de información y experiencias entre las organizaciones cuyas actividades estén relacionadas con los objetivos de la Organización Mundial del Autismo.

3. Difundir una información exacta, y promover una actitud más amplia con respecto a las personas autistas, alentar y coordinar las investigaciones y estudios en el campo del autismo.

4. Ofrecer y coordinar la asistencia técnica y material con miras a la realización de los objetivos de la Organización Mundial del Autismo, en aquellas regiones en donde esta ayuda sea necesaria.

5. Solicitar en cualquier lugar, la ayuda de los gobiernos nacionales y de las organizaciones internacionales en favor de los programas y las acciones de la Organización Mundial del Autismo, y de las organizaciones de/para personas autistas y sus familias, y ayudar a aconsejar a estos organismos a ponerlas en práctica.

6. Tomar cualquier medida que fuera necesaria o útil para la realización de los objetivos de la Organización Mundial del Autismo.

Sección 3ª - Definición

El autismo se comprende de acuerdo con las definiciones formuladas en las clasificaciones DSM-IV (Diagnostic and Statistical Manual of Mental Disorder IV), y CIM 10 (Classification International des Maladies).
Se ha reconocido que el autismo es la consecuencia de una disfunción cerebral más que una afección psicogénica. También se ha reconocido que una carencia de los servicios adecuados que tome en cuenta la disfunción cerebral, puede agravar el handicap de las personas autistas.

CAPITULO III- Miembros

Sección 1ª - Categorías

La Organización Mundial del Autismo comprende las categorías de miembros siguientes:

Miembros plenipotenciarios:
Organizaciones no gubernamentales compuestas en su mayoría de padres de personas autistas y/o de personas autistas que operan a nivel internacional, nacional, regional o departamental, tal y como se definen en la sección 2.

Miembros individuales:
Personas autistas, padres y amigos de personas autistas, o profesionales relacionados con el autismo, tal y como se definen en la sección 3.

Miembros afiliados:
Organizaciones no gubernamentales que no se compongan en su mayoría de padres de personas autistas y/o de personas autistas que operan a nivel internacional, nacional, regional o departamental, tal y como se definen en la sección 4.

Miembros provisionales:
Tal y como se definen en la sección 5.

Sección 2ª - Miembros plenipotenciarios: federaciones regionales

Una federación regional, puede ser miembro plenipotenciario de la Organización Mundial del Autismo si cumple las condiciones siguientes:

a) debe ser una organización no gubernamental sin fines de lucro, compuesta en su mayoría por padres de personas autistas y/o de personas autistas que operan a nivel internacional, nacional, regional o departamental.
b) Debe ocuparse de todos los aspectos de bienestar de las personas autistas.
c) Debe aceptar hacerse cargo de todas las obligaciones ligadas a la adhesión en calidad de miembro plenipotenciario, inclusive el pago de las cotizaciones legalmente fijadas por la asamblea, conforme a lo dispuesto en los estatutos de la Organización Mundial del Autismo, y participar en los asuntos de la Organización Mundial del Autismo como miembro de voto responsable.

Sección 3ª - Miembros individuales

a) Las personas autistas y los padres y amigos de personas autistas, al igual que los profesionales relacionados con el autismo, pueden adherirse a la asociación, en calidad de miembros individuales.
b) Los miembros individuales pagan los derechos y cotizaciones fijadas por la asamblea para esta categoría de miembros.
c) Deben respetar las disposiciones establecidas en los estatutos de la Organización Mundial del Autismo.
d) Pueden participar en las deliberaciones de la asamblea general de la Organización Mundial del Autismo como miembros con derecho a voto.

Sección 4ª - Asociaciones afiliadas

a) Una organización gubernamental sin fines de lucro que no satisfaga todos los criterios que le permita ser miembro plenipotenciario, pero que se interesa por el bienestar de las personas autistas, se puede adherir como miembro asociado, con un derecho a voto parcial.
b) Debe aceptar hacerse cargo de todas las obligaciones ligadas a su adhesión
en calidad de miembro asociado, incluso el pago de las cotizaciones legalmente fijadas por la asamblea, conforme a lo dispuesto en los estatutos de la Organización Mundial del Autismo, y participar en los asuntos de la Organización Mundial del Autismo como miembro de voto responsable.
c) Una condición, que sin ser una condición sine qua non para la adhesión como miembro asociado, es la existencia de disposiciones de reciprocidad y una equivalencia de estatutos entre la Organización Mundial del Autismo y el miembro asociado.

Sección 5ª - Miembros provisionales

Los miembros provisionales comprenden cualquier organización que desee formar parte de la Organización Mundial del Autismo como miembro plenipotenciario, ordinario, afiliado, individual o asociado, en espera de la ratificación de su candidatura por parte de la asamblea general.

Sección 6ª - Condiciones de adhesión

Todos los miembros deben adherirse a los principios éticos enunciados en el preámbulo.

Sección 7ª - Procedimiento de admisión

Cualquier solicitud de admisión debe ser sometida al Consejo de Administración, de acuerdo con los procedimientos que el Consejo de Administración hubiera determinado en su reglamento interno. Todas las decisiones con respecto a las adhesiones deberán ser ratificadas por la asamblea general de la Organización Mundial del Autismo.
Los candidatos a la adhesión, a la categoría que fuera, deben confirmar su adhesión a los estatutos de la Organización Mundial del Autismo, especialmente en aquello relacionado con la definición del autismo y los objetivos de la asociación.

Sección 8ª - Cese de la adhesión

Se puede poner fin a la adhesión de un miembro, de cualquier categoría, en caso de:

No pago de las cotizaciones u otras obligaciones financieras. Cualquier asociación cuyo retraso en los pagos sea superior a un año, dejará de ser considerada como miembro y será suprimida de la lista.
Sin embargo, una organización miembro que no cumple con sus obligaciones dentro de los límites de tiempo fijados, puede apelar ante el Consejo de Administración para una revisión de estas obligaciones y una nueva determinación de las condiciones, según las cuales, la organización miembro puede ser considerada en orden con sus pagos.
Dimisión. Una asociación se puede retirar de la Organización Mundial del Autismo en cualquier momento, siempre y cuando informe de su dimisión al Consejo de Administración. Sin embargo, el miembro será obligado a pagar la cotización adeudada para el año en curso, durante el cual presentó su dimisión.
Por razones que puedan ser perjudiciales para los intereses y los objetivos de la Organización Mundial del Autismo, el Consejo de Administración podrá, en cualquier momento, y por decisión de al menos cuatro quintos de sus miembros presentes o representados en la reunión prevista a este efecto, decidir la finalización de la adhesión de un miembro de cualquiera de las categorías antes señaladas, si el hecho de mantener la adhesión de este miembro fuera considerada perjudicial para los intereses de la Organización Mundial del Autismo. Sin embargo, no se puede realizar ningún juicio sin antes haber prevenido de los cargos al miembro incriminado, al menos sesenta días antes de la reunión, y antes de que hubiera hecho una declaración en este sentido, y que hubiera tenido la ocasión de presentar su defensa. Además, este miembro tiene la posibilidad de apelar ante la Asamblea General, y en este caso, el veredicto de expulsión debe ser tomado por una mayoría de tres cuartos. La reintegración que sigue a esta expulsión, necesita el voto favorable de cuatro quintos de los miembros del Consejo de Administración presentes o representados a la reunión convocada para este efecto. La decisión del Consejo de Administración aún debe ser ratificada por una votación de tres cuartos de los miembros presentes o representados en la asamblea siguiente.

CAPITULO IV - Organización

Sección 1ª - Estructura de la organización

La Organización Mundial del Autismo está constituida por: la Asamblea General, el Consejo de Administración, el Comité Ejecutivo, la Secretaría, las Comisiones.

Sección 2ª – Regiones
Sub-sección 1ª - Definición

Regiones: partes del mundo reconocidas por el Consejo Ejecutivo:
1. La Organización Mundial del Autismo esta dividida inicialmente en seis regiones geográficas, y cuando no existe una federación regional, se insta a las asociaciones nacionales a crear una estructura de este tipo, a fin de coordinar a nivel regional las acciones de las asociaciones nacionales y de la Organización Mundial del Autismo, y para asegurar el enlace entre la Organización Mundial del Autismo y las asociaciones nacionales.
2. El Consejo de Administración propone a la Asamblea General cualquier modificación en la cantidad o el alcance geográfico de las regiones. La asamblea general deberá ratificar estas decisiones mediante una mayoría de dos tercios. Estas modificaciones serán efectivas tal y como se indica en el párrafo 2 del capítulo VII, modificación de los estatutos y disolución.
3. Las regiones geográficas comprenden inicialmente Africa, Asia, Europa, el Medio Oriente, América del Norte, América Latina y el Asia del Este/Pacífico.
4. Las federaciones regionales deben tener los mismos objetivos que la Organización Mundial del Autismo y tomar en cuenta los intereses de las asociaciones de/para las personas autistas, sus padres y sus familias. Sin embargo, son autónomas a nivel regional, en lo que respecta a los problemas de interés regional.
5. Los representantes de la región en cuestión deben elegir un vicepresidente regional, el que puede ser el presidente de la federación regional u otra persona.

Sub-sección 2ª - Estatutos de las federaciones regionales

Los estatutos de las federaciones regionales, deben respetar la filosofía de los estatutos de la Organización Mundial del Autismo y sus principios éticos.

Sección 3ª - Asamblea general
Sub-sección 1ª - Composición

La asamblea general comprende todas las categorías de miembros:
1. Cada organización miembro plenipotenciario, puede designar a varios representantes a la asamblea general, en el bien entendido que solamente uno de los representantes dispone del derecho al voto de su categoría.
2. Cada organización miembro afiliada, puede designar a un represente a la asamblea general, el que dispone del derecho a voto de su categoría.
3. Los miembros individuales pueden participar a la asamblea general y disponen del derecho a voto de su categoría.
4. La asamblea general establece la política general y los procedimientos de la Organización Mundial del Autismo, examina todas las acciones y todas las decisiones del Consejo, y sirve como Tribunal de Apelaciones final, sobre todos los sujetos que traten de los derechos de los miembros.
5. Los miembros temporales pueden participar en la asamblea general a título consultivo.
6. El presidente de la Organización Mundial del Autismo puede invitar a observadores a la asamblea general, bajo reserva de la aprobación por la delegación del país respectivo.

Sub-sección 2ª - Procedimiento

Cada dos años, se efectuará una asamblea ordinaria. En este momento, la asamblea general elegirá al presidente de la Organización Mundial del Autismo para un mandato de cuatro años, al presidente designado por un mandato de dos años durante la asamblea general dos años después de la elección del presidente en funciones y los miembros del Consejo de Administración por un plazo de cuatro años, y tratará de cualquier otro tema del orden del día, si fuera necesario. La asamblea general puede ser convocada en sesión extraordinaria por el presidente, o si así lo pide la mayoría de los miembros del Consejo de Administración.

Sub-sección 3ª - Funciones

La asamblea general determinará la política general de la Organización Mundial del Autismo para la realización de sus objetivos: Ella ejercerá las funciones siguientes:
1. Examina todas las recomendaciones que le son sometidas por el Consejo de Administración, y toma las decisiones correspondientes.
2. Recibe y examina el informe del Consejo de Administración acerca de sus actividades, y aquellas de las comisiones.
3. Examina el informe del tesorero, y decide acerca del presupuesto de la Organización Mundial del Autismo para los dos años venideros.
4. Fija todas las tasas de cotizaciones, de acuerdo con la recomendación del Consejo.
5. Examina todas las propuestas presentadas por los miembros de la Organización Mundial del Autismo y se pronuncia al respecto.
Normalmente, estas propuestas deben ser sometidas al secretario general honorario tres meses antes de que tenga lugar la asamblea general, el que deberá enviarla a todos los miembros, un mes antes de que tenga lugar la asamblea general.
6. Examina y adopta las propuestas de enmiendas a los estatutos de la Organización Mundial del Autismo.
7. Examina las recomendaciones del Consejo, referentes a la adhesión de los miembros de la Organización Mundial del Autismo.
8. Toma todas las medidas necesarias o útiles para la realización de los objetivos de la Organización Mundial del Autismo.

Sección 4ª - Consejo de administración

1. El Consejo de Administración está formado por el presidente de la Organización Mundial del Autismo, por el presidente designado, del presidente saliente por un periodo de dos años después de la elección del presidente, de un vicepresidente por región del mundo, de acuerdo con la sección 2ª del capítulo IV: actuando en calidad de "representante de un miembro plenipotenciario", y de los administradores, actuando en calidad de "representantes de los miembros afiliados o individuales", tal y como han sido definidos en el capítulo IV, que la asamblea elige, y que representan a la asamblea en su conjunto. El Consejo de Administración debe ser representativo de las diversas regiones del mundo. La cantidad de administradores no puede ser inferior a siete, ni superior a veinticinco personas. El presidente saliente y el presidente designado son miembros ex officio del Consejo de Administración, y por consiguiente, no se cuentan entre los veinticinco administradores. El Consejo de Administración puede cooptar miembros, si esto fuera necesario por razones imperiosas.
2. El Consejo de Administración elige al primer y segundo vicepresidente, al secretario general honorario y al tesorero de la Organización Mundial del Autismo. 3. Si fuera posible, el Consejo se reúne anualmente a solicitud del presidente, o de una mayoría de los administradores. La fecha, lugar y formato de la reunión, son determinadas por el presidente y el secretario general honorario, siguiendo la opinión del Consejo de Administración.
4. Los administradores son elegidos por un mandato de cuatro años renovable. Ninguno de ellos puede permanecer en su cargo más de doce años, consecutivos o no. Un administrador puede ser elegido por un periodo inferior a cuatro años, para completar un total de doce años.
5. La mayoría de los administradores siempre debe estar constituida por personas autistas, padres o miembros cercanos de la familia de las personas autistas. El presidente, el primer y segundo vicepresidente, deben ser personas autistas, o padres o miembros de la familia de las personas autistas.
6. El Consejo de Administración es el órgano responsable designado por la asamblea general, para controlar los asuntos de la Organización Mundial del Autismo durante el periodo comprendido entre las reuniones de la asamblea general. El Consejo ejerce toda la autoridad y las funciones que le confiere la asamblea general, salvo la autoridad específica mente reservada a la asamblea general.

Sección 5ª - Comité Ejecutivo

1. Los miembros del Comité Ejecutivo de la Organización Mundial del Autismo son: el presidente, el presidente designado, el primer y segundo vicepresidente, el tesorero, el secretario general honorario. Todos los miembros del Comité se pueden suceder a sí mismos, con excepción del presidente. El presidente designado no puede prestar servicios por más de dos años en calidad de presidente designado.

La elección del presidente designado en el cargo de presidente, debe ser aprobada por la asamblea general. Si la asamblea general se niega a confirmar la elección del presidente designado, el Consejo de Administración debe proponer alternativas para aprobación por parte de la asamblea general.

2. El presidente es el principal representante de la Organización Mundial del Autismo, preside todas las reuniones de la asamblea general y del Consejo de Administración.

3. El presidente designado asume las funciones del presidente, si éste último estuviera impedido.

4. En ausencia del presidente designado, el primer vicepresidente asume las funciones de presidente en caso de deceso o dimisión del presidente, y el segundo vicepresidente, asume las funciones de primer vicepresidente, hasta la siguiente asamblea general, la que deberá elegir al nuevo presidente.

5. Bajo la dirección del Consejo de administración, el tesorero ejecuta todas las funciones correspondientes al cargo, que comprenden: la preparación del presupuesto anual, la aprobación de todos los gastos autorizados, llevar la contabilidad y la preparación del informe anual y otros informes financieros, a solicitud del Consejo de Administración.

6. El secretario general honorario posee la responsabilidad operacional de los asuntos de la Organización Mundial del Autismo, bajo la dirección del presidente y del Consejo de Administración. Se encarga de la gestión de las oficinas, se encarga de guardar las actas de los documentos de la Organización Mundial del Autismo, prepara los informes anuales por instrucción del Consejo de Administración y de la asamblea general, y tiene la responsabilidad de registrar, actualizar y difundir los informes de todas las reuniones. Algunas de estas obligaciones pueden ser delegadas al personal empleado, tal y como se contempla a continuación, aunque la responsabilidad final reside en la persona elegida del miembro del Comité Ejecutivo.

7. En caso de que uno o varios cargos quedaran vacantes, el Consejo de Administración puede elegir temporalmente a los miembros del Comité Ejecutivo para que suplan el cargo hasta la siguiente reunión de la asamblea general.

Sección 6ª - Secretaría

1. El Comité Ejecutivo puede contratar personal y alquilar o adquirir los locales y dependencias necesarias, a fin de realizar bien el trabajo de la Organización Mundial del Autismo. Estas decisiones deben ser aprobadas por el Consejo de Administración en la reunión siguiente.
2. Los empleados de la Organización Mundial del Autismo no pueden ser elegibles en los cargos de miembros del Comité Ejecutivo o de Administrador.
3. Si se decide contratar a una secretario general remunerado, éste último es responsable con respecto a los miembros del Comité Ejecutivo y a los Administradores de la marcha de los asuntos de la Organización Mundial del Autismo, de acuerdo con los principios establecidos por el Consejo de Administración. Cualquier decisión tomada por el secretario general remunerado, debe ser aprobada por el Consejo de Administración en la reunión siguiente.

Sección 7ª - Comisiones

El Consejo de Administración designa a los miembros de las comisiones y a sus presidentes. Los informes escritos de las comisiones, deben ser aprobados por el Consejo de Administración, antes de cualquier publicación o distribución.

Sección 8ª - Compromisos de la Organización

Las actas que comprometen a la Organización Mundial del Autismo a excepción de la vida corriente, salvo procuración especial, son firmadas por el presidente, o en su defecto, por un vicepresidente o un administrador que ha recibido de él un mandato especial para este efecto.

Sección 9ª - Representación de la Organización

El presidente representa a la Organización Mundial del Autismo en el exterior. Las acciones judiciales, como demandante o demandado, son seguidas por el Consejo de Administración representado por el presidente, o por un miembro del Comité Ejecutivo que hubiera recibido un mandato especial al respecto, o en su defecto, por un vicepresidente.

CAPITULO V - Reuniones

Sección 1ª - Quórum

El quórum para las reuniones de la asamblea general es un tercio de los miembros que disponen del derecho a voto, y el quórum para las reuniones del Consejo de Administración, es la mitad de sus miembros.
Los miembros que votan por poder, son tomados en cuenta para determinar si se ha logrado el quórum respectivo.

Sección 2ª - Candidaturas

Las candidaturas para los cargos de presidente, presidente designado y administrador, son solicitadas por el Comité Ejecutivo con un plazo no inferior a seis meses antes de la fecha de celebración de la asamblea general, ante las asociaciones en orden de pago, es decir, aquellas cuya cotización ha sido pagada antes del fin del año precedente a la asamblea general. Los formularios de candidaturas son enviados tal y como se determina en esta sección, y la entrega de las candidaturas se cierra cuatro meses antes de la fecha de celebración de la asamblea general.

Sección 3ª - Voto

1. Las votaciones se pueden efectuar por tarjeta, a mano alzada o por papeleta secreta, según lo pida el 20% de los presentes. En caso de circunstancias excepcionales, ocurridas durante el periodo intermedio entre dos reuniones del Consejo de Administración o de la asamblea general, las preguntas se pueden resolver por vía postal, correo certificado, o cualquier otro medio de comunicación seguro, y en tal caso se requiere la aprobación por parte de la mayoría de los miembros votantes del Consejo de Administración o de la asamblea general, y la decisión debe ser confirmada en la siguiente reunión plenaria. En caso de voto postal, todas las informaciones necesarias con respecto al procedimiento a seguir y las preguntas a tratar, deben ser enviadas por escrito a los miembros votantes con la suficiente antelación.
2. Todo miembro votante en orden de cotización, y que se encuentre en la incapacidad de presentarse a la asamblea general, puede ejercer su voto mediante poder, a condición que el secretario general honorario reciba una autorización firmada asignando el voto, antes de la reunión.
3. El voto por poder, puede ser asignado, ya sea al representante designado en la autorización firmada, ya sea al secretario general honorario de la Organización Mundial del Autismo. En este caso, el poder debe indicar claramente la manera cómo utilizar y consignar el voto del miembro votante. Una persona no puede estar a cargo de más de dos poderes de votación.
4. Todas las decisiones son tomadas por voto de la mayoría simple de los miembros presentes o representados, salvo las excepciones determinadas por los estatutos. Las decisiones tomadas por el Consejo después de una votación de aprobación de menos de un tercio de los miembros, solamente son válidas si son ratificadas por una votación postal de todos los miembros del Consejo.
5. Cada miembro plenipotenciario (federaciones regionales) dispone de mil votos. Los miembros ordinarios disponen de cien votos por país, con un máximo de quinientos votos. Los miembros afiliados disponen de diez votos cada uno, con un máximo de cien votos por país. Cada miembro individual dispone de un voto, con un máximo de cien votos por país.
6. Todas las decisiones tomadas por la asamblea general y el Consejo de Administración deben ser consignadas en un registro, el que es conservado por el secretario honorario.

Sección 4ª - Convocatorias

Las convocatorias a las reuniones, acompañadas del orden del día propuesto y las actas de las reuniones precedentes, serán enviadas de la siguiente manera: para las reuniones de la asamblea general, a lo menos con tres meses de antelación. Para las reuniones del Consejo de Administración, a lo menos con dos meses de antelación.

Sección 5ª - Autoridad parlamentaria

En caso de litigio con respecto a los asuntos oficiales, se aplicará la ley belga, siempre y cuando no esté en conflicto con los estatutos.

CAPITULO VI - Finanzas

Sección 1ª - Ejercicio financiero

El ejercicio financiero de la Organización Mundial del Autismo se desarrolla desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de cada año.

Sección 2ª - Cotizaciones

Las cotizaciones deben ser pagadas dentro de los seis primeros meses del año. Los miembros que no hubieran saldado sus cotizaciones anuales en el curso del ejercicio financiero, pueden perder su calidad de miembros, por decisión de los miembros del Consejo de Administración. En caso de que el Consejo de Administración tome una decisión de este tipo, los miembros tienen derecho de apelar esta decisión ante la asamblea general.

Sección 3ª - Gastos

El Consejo de Administración debe velar por que los gastos no excedan jamás los ingresos y las reservas. Las economías realizadas sobre el presupuesto anual, constituyen un fondo de reserva, el que es depositado en un banco y/o en una inversión.

Sección 4ª - Contabilidad

El Consejo de Administración debe velar por la regularidad de las escrituras y su conformidad con las reglas contables vigentes. Los libros de cuentas y todos los documentos anexos, deben ser conservados por el tesorero, y deben ser asequibles en cualquier momento a los miembros del Comité Ejecutivo y a los administradores para su verificación. Dentro de los límites de un monto fijado por el Consejo de Administración, el tesorero puede delegar su firma a una tercera persona aprobada por el Consejo de Administración.
Todas las cuentas deben ser verificadas cada año por un perito contable, y el certificado de la revisión debe ser presentado en la reunión siguiente del Comité Ejecutivo, y a continuación, presentado al Consejo de Administración para someterlo a la aprobación de la siguiente asamblea general.
Cada dos años, se debe publicar un informe que de cuenta de la situación financiera de la Organización Mundial del Autismo, y un ejemplar de este informe, debe ser enviado a todos los representantes de la asamblea general a lo menos tres mes antes de que tenga lugar la reunión. Se debe presentar un informe financiero anual al Consejo de Administración para su aprobación provisional.

Sección 5ª - Política fiscal

La Organización Mundial del Autismo puede aceptar y utilizar todas las donaciones, subvenciones y legados, que hubieran sido donados para apoyar los objetivos generales o específicos de la Organización Mundial del Autismo.
La Organización Mundial del Autismo puede aceptar y celebrar cualquier contrato y adquirir, vender, alquilar o entregar en alquiler, cualquier propiedad inmobiliaria o mobiliaria, y pagar los salarios de empleados y otros costes necesarios para la gestión de sus asuntos. Estas decisiones deben ser aprobadas por el Consejo de Administración. Todas las decisiones tomadas en virtud de este artículo, deben efectuarse sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 4 de la ley del 25 de octubre de 1919.

CAPITULO VII - Modificaciones de los estatutos, disolución

Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 5 de la ley del 25 de octubre de 1919, cualquier propuesta que tenga por objeto una modificación de estatutos o la disolución de la asociación, debe emanar del Consejo de Administración, o a lo menos, de dos tercios de las voces de los miembros votantes de la asociación.
El Consejo de Administración debe poner en conocimiento de los miembros de la asociación, a lo menos con tres meses de antelación, la propuesta y la fecha de la asamblea general que deberá decidir acerca de esta situación.
No se podrá tomar ninguna decisión si no ha sido votada por una mayoría de dos tercios de las voces de los miembros votantes presentes o representados.
Las modificaciones de los estatutos, solamente surtirán efecto después de su aprobación por Real Decreto y después que se hubieran cumplido las condiciones de publicación requeridas por el artículo 3 de la ley del 25 de octubre de 1919.
La asamblea general fijará el modo de disolución y las condiciones de liquidación de la asociación.

CAPITULO VIII - Interpretación de los estatutos

En caso de litigio acerca de la interpretación de los estatutos, el encargado de zanjar la cuestión es el Consejo de Administración.

CAPITULO IX - Disposiciones generales

Todo aquello que no se hubiera previsto en los presentes estatutos, y especialmente las publicaciones a realizar en los anexos del Boletín Oficial de Bélgica, se arreglará en conformidad con la ley.
El texto redactado en idioma francés es el único original.

Lista de miembros fundadores de la Organización Mundial del Autismo:

Autism South Africa, Stacey, Jill, PO Box 84209, Greenside 2034, Sudáfrica.

Bundesverband Hilfe für das Autistische Kind, Kaminski, Maria, Bebelallee 141, 0- 22297 Hamburgo, Alemania

Judt, Waldtraut, Bebelallee 141, 0-22297 Hamburgo, Alemania

Lambeir, Rene, Lambeir, Rene, Groot Begijnhof 14, B-9040 Gante, Bélgica

Association de Parents pour l'Epannouissement des Personnes autistes, Hanot, Freddy, rue Chateau des Balances 3, bte 27, B-5000 Namur, Bélgica

Autisme Europe, Huyberechts, Gilbert, avenue Van Becelaere 26B, bte 21, B- 1170 Bruselas, Bélgica

Opleidingscentrum Autisme, Peeters, Theo, Laar 61, B-2140 Amberes (Borgerhout), Bélgica

Service universitaire spécialisé pour Personnes autistes, Willaye, Eric, Université de Mons-Hainaut, Oépartement d'Orthopédagogie, place du Parc, B-7000 Mons, Bélgica

Vlaamse Oienst Autisme, Herremans, Marc, Groot Begijnhof 14, B-9040 Gante, Bélgica

Vlaamse Vereniging Autisme, Cautre~ls, Marc, Groot Begijnhof 14, B-9040 Gante, Bélgica.

Parents Association Autistic Child Sofia, Medical Academy, Oept. of Child Psychiatry,33 Prochlada str., BG-1619 Sofia, Bulgaria

Autism Society Ganada, Rice, Karen, PO Box 635, Fredericton, NB E3B 5B4, Canadá
Autisme Mauricie, Francoeur, Michel, Ch. Bernier Saint-Boniface 405, CDN- Québec GOX 2LO, Canadá

Beijing Xingxingyu Education Institute for Autistic Children, Hui-Ping, Tian, Dongxu Xincun 4 Qu No. 57 Chaoyang District, Beijing 100 024, República Popular China.

Cyprus Association for Autistic Persons or Persons with Autistic Characteristics, PO Box 6149, 3304 Limassol, Chipre.

Association for the Care of Autistic Persons, Penko, Lidija, Senjshik uskola 1, 51000 Rijeka, Croacia.

Croatian Society for Helping Autistic Persons, Dvorniciceva 6, 41000 Zagreb, Croacia

Danish Autism Association, Lindgreen Jorgen, Skovvejen 48, DK-8740 Braedstrup, Dinamarca

A.P.A.F.A.C.C., C/San Antoni Ma. Claret 282A 2n 2a, CP-08026 Barcelona, España

Asociación de Padres de Niños Autistas de Granada, G/o Marina Martinez Santamaria, Paseo de Ronda 96-20C, CP-18004 Granada, España

Asociación Española de Padres de Autistas, Bayonas De Ibarra, Isabel, Navaleno 9, CP-28033 Madrid, España.

Asociación de Padres de Affectados de Autismo i Otras Psicosis Infantiles de Biskaia, G/o Pintor Guezala 1-2, CP-48015 Bilbao, España.

Asociación de Padres de Personas con Autismo de Burgos, CNaldenunez 8, CP- 09001 Burgos, España.

Asociación Guipuzcoana de Autismo y Psicosis Infantiles, Barinaga, Ramon, Po de Oriamendi 3, Apartado 1000, CP-20080 San Sebastián, España.

Asociación Nuevo Horizonte, avda de la Comunidad de Madrid s/n, CP-28230 Las Rozas de Madrid, España.

Autismo-Latino-America et ses membres, G/o Isabel Bayonas De Ibarra, Navaleno 9, CP-28033 Madrid, España. Autismo-Málaga, España.

Confederación Autismo-España, Roca, Juan, C/ Guadiana 38, CP-28224 Pozuelo de Alarcón (Madrid), España
Federacio Autisme-Catalynia, C/San Antoni Ma. Claret 282A 2n 2a, CP-08026 Barcelona, España.

Federacion Española de Asociaciónes de Padres de Autistas, C/Navaleno 9, CP- 28033 Madrid, España

Fondacion Menela, Avda Marqués de Alcedo 19, CP-36203 Vigo, España

Fundacio de Padres de Psicotics i Autistes « Mas Casadevall », avda August Font 44, esto 3er., CP-08023 Barcelona, España.

Fundacio Tutelar Congost Autisme, C/ Sant Antoni Ma. Claret 282A 2n 2a, CP- 08041 Barcelona, España

Estonian Autistic Society, Att. Slle Proas, Chief Co-ordinator, Department of Psychiatry, Tartu Univ., 18 slikooli Street Est - Tartu EE 2400, Estonia.

Autism Society ofAmerica Massachusetts, EARS, Ramlackhan, Sharda,

Enhanced Auditory Rehab Service, 54 Jennifer Road, USA-Lowell, MA 01854, Estados Unidos.

Finnish Association for Autism, Halme, Aila, Hameentie 58-60 C 58, SF-0050 Helsinki, Finlandia

Association pour la Prise en Charge des Anomalies de Développement de
l'Enfant, Soyez, Evelyne, « La Cossonniere », F-41800 Saint-Arnoult par Montoire, Francia.

Association Alizée et Axel, Autisme et Intégration pour les Enfants autistes, Mme Daniele Herrel, square Camille Pissaro 9, F-78280 Guyancourt, Francia.

Association Autisme etTroubles apparants (ATA) Education 69, route du Bruissin 33, F-69340 Francheville, Francia

Association fran9aise pour l'Aide aux Autistes - Pro Aid Autisme, Toureille, Nicole, rue Bénard 42, F-75014 París, Francia

Association Les Liserons, Audibert, M.P., impasse des Liserons Saint-Laurent- d'Agny, F-69440 Mornant, Francia.

Autisme -lle de Francia, rue du Docteur Blanche 52, F-75016 París, Francia

Autisme Auvergne, avenue Bergougnan 4, F-63400 Chamalieres, Francia

Autisme bourbonnais, Gloria Laxer, « La Prat » route d'Hauterive, F-03700 Bellerive-sur-Allier, Francia

Autisme Francia, Urban, Marie-Claude, place d'Aine 1, F-87000 Limoges, Francia.

Autisme Loire, rue André Malraux 4, F-42000 Saint-Etienne, Francia

Autisme Poitou-Charentes, Le Petit Chadignac, F-171 00 Saintes, Frances.

E.D.I. Formation, chemin de l'lndustrie 11-13, F-0611 O Le Cannet (Can. Opole Bat. D), Francia.

Sésame Autisme, Thomassin, Rita, rue Clisson 53, F-75013 París, Francia

Unjan nationale de Parents et Amis de Personnes handicapées mentales, Trehin, Paul, rue Coysevox 15, F-75018 París, Francia

Dyer, Christopher (miembro individual), Dyer, Christopher, 32A Pleasant Valley, CB 11 4AP Saffron Walden (Essex), Gran Bretaña.

Autism Initiatives, Murray, James, 7 Chesterfield Road, Crosby Liverpool L23 9XL, Gran Bretaña.

Communities for Autistic People - Ashley College, Shattock, Paul, 3 Elmfield Park, Gosforth, UK-Newcastle Upon Tyne NE3 4UX, Gran Bretaña.

Parents and Professionals and Autism, G/o Arlene Cassidy, Knockbracken Healthcare Park; Saintfield Road ; Belfast BT8 8BH, Gran Bretaña.

Scottisch Society for Autistic Children, Lester Andrew, Unit 34, Thistle Industrial Estate Church Street, Cowdenbeath, UK-Fife, Scotland, KY5 8LP, Gran Bretaña

The Devon and Cornwall Autistic Community Trust, Bradford, Craig, Trafalgar House, Malpas Road Truro, UK-Cornwall TR1 2HX, Gran Bretaña.

The Gwent Autistic Society, Dr. Ray Jones, Saint David's House, 137a Commercial Street, Newport, South Wales NP9 1 LN, Gran Bretaña

The National Autistic Society, 393 City Road, UK-London EC1V 1 NE, Gran Bretaña.

West-Midlands Autistic Society, Morgan, Hugh, 17b Fellows Lane, Harborne, UK- Birmingham B 17 9TS Gran Bretaña.

Association de Parents et d'Amis de l'Enfant autiste « Espoir » , Oreokastro, GR- Thessaloniki CP-57013 PR 48, GR- Thessaloniki CP 57013 PR 48, Grecia.

Greek Society for the Protection of Autistic People, Alexiou, Christos, Univ. Of Thes., Athinas Street 2, GR-10551 Atenas, Grecia.

Autism Research Group, Delej u. 24-26, H-1089 Budapest, Hungría.

Action for Autism, Barua, Merry, Post Box 3678, C-232 Defence Colony, New Delhi 110 024, India.

Autism Service East, Dunfirth Farm, Johnstown Bridge, Enfield, Co-Kildare, Moygrehenhouse, Athboy, IRL-Co. Westmeath. Irlanda.

The Irish Society for Autism, Matthews Pat, 16/17 Lower. O'Connell Street, IRL-1 Dublín, Irlanda.

Umsjonarfelag Einhverfra, Laugavegur 26, 3h, IS-101 Reykjavik, Islandia. Angsa-Lombardia, Via Anzani 33, 1-20135 Milán, Italia.

Ass. Per Ricerca Italiana sulla Sindrome die Down, I'autismo et il danno cerebrale, Hanau, Garla, c/o ANFFAS, Via Rasi 14,40127 Boloña, Italia.

Associazione Nazionale Genitori Soggatti Austistici, Martone, Sergio, Via Rota 75, 1-80067 Sorrento (NA), Italia.

Associazione Nazionale Genitori Soggeti Autistici, Via des Mascherino 90, 1-00193 Roma, Italia.
Associazione Parenti ed Amici dei Malati di Autismo, Marchi, Alessandra, G/o. P.A.M.A.P.I. Scuola. «Amerigo Vespucci », Via Bolognese 238,1-50139 Florencia, Italia.

Autismo Italia, Vivanti, Donata, Via del Serraglio 38, 1-59100 Prato, Italia.

Scott Elizabeth et Philip (miembro individual), Scott, Elizabeth et Philip, rue De Cessage 44, L-1320 Luxemburgo, Gran Ducado de Luxemburgo

Autisme Luxembourg A.S.B.L., rue Antoine Meyer 33, L-2153 Luxemburgo, Gran Ducado de Luxemburgo.

Fondation Autisme Luxembourg, Schmit, Claude, Cit. Patton 36c, L-9068 Etteblruck, Gran Ducado de Luxemburgo.

Association des Parents et Amis d'Enfants inadaptés de Casablanca, rue Avril 9, Maarif-Casablanca, Marruecos.

Norwegian Autism Association, Clark, Geoffrey, Postboks 4528 Torshov, N-0404 agio, Noruega;

Nederlandse Vereniging voor Autisme, Helmstrijd, Kees, Huizerweg 54, NL-1405 AD Bussum, Países Bajos.

Autism Society Philippines, Ragragio, Conchita, Mrs. Elizabeth R. Peralejo Rm. 201 ML Building, 47 Kamias Road, 1102 Quezon City, Filipinas.

The National Society for Autism, Galkowski, Tadeusz, ul Stawki 5/7, PL-00-183 Varsovia, Polonia.

A.P.P.D.A., Cottinelli, Isabel, Prolongamento Da Rua 1 Bairo Do Alto A Juda, P- 1300 Lisboa, Portugal.

Oeuvres de Bienfaisance luthériennes, Kabemba Lutumba, Willem, Ecole d'lntégration Rev. Dr. Mayala, B.P. 405 KIN 1, 18367 Kinshasa, República Democrática del Congo.

Society for Helping People with Autism, Fedakova 5, 841 02 Bratislava, República Eslovaca.

Autistic Club, Kyselova 1189/24, 182 00 Prague 8, República Checa.

Dobro Association forAutistic Children Care, Kazarmenny per., 4 str., aprt. 1-2, 109028 Moscú, Rusia.

Riksfoereningen Autism, Bondegatan 10, S-11623 Estocolmo, Suecia.

Assaciation suisse de Parents d'Enfants autistes et de Personnes intéressées par l'Autisme, rue Saint-Piere, Canisius 21, CH-1700 Friburgo, Suiza.

Assocation suisse romande de Parents d'Enfants autistes et de Personnes intéressées par l'Autisme, Dunant, Mari-Antoinette, rue Fontaine 23, H-1040 Echallens, Suiza.

Fondation pour l'Education des Enfants autistes, c/o Mme Bolton, rue du Pont- Neuf 2, CH-111 O Morges, Suiza.

Otizme Sevgiyle Blinicli Hizmet, Becelen, Abdullah, M. Isil Guney Moda, Dr. Esat Isik Caddesi 116, Kadikoy-Estambul, Turquía.

Autism Society of Ukraine, Mrs. Oiga Bogdashina, P.O. Box 47, Gorlovka 26, UKR-338026, Ucrania

Autism Society of America Western New York Chapter, Eiss, Kathleen J. 130 Jordan Road, Williamsville, NY 14221, Estados Unidos.

New York Families for Autistic Children, Inc. Baumann, Andrew, 83-10, 149th Avenue, Howard Beach NY 11414, Estados Unidos.

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